Agente de Aduana, según el COPCI es la persona natural o jurídica cuya licencia, otorgada por la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías, debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera en los casos que establezca el reglamento, estando obligado a facturar por sus servicios de acuerdo a la tabla de honorarios mínimos que serán fijados por la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Dicha licencia tendrá un plazo de duración de 5 años, la cual puede ser renovada por el mismo plazo.
El agente de aduana tendrá el carácter de fedatario y auxiliar de la función pública en cuanto que la aduana tendrá por ciertos que los datos que consignan en las declaraciones aduaneras que formulen, guardan conformidad con la información y documentos que legalmente le deben servir de base para la declaración aduanera…….” Adicionalmente el agente de aduana es responsable solidario respecto del pago de los tributos, como también en el aspecto administrativo y penal, por lo que la relación entre cliente y agente de aduana debe ser de confianza y sobre todo tomando en cuenta la ética y buenas prácticas empresariales. Siendo el agente de aduana un eslabón muy importante dentro de la cadena logística, se hace absolutamente necesario su calificación como operador económico autorizado para completar la facilitación y seguridad de la cadena logística.